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Pensión de viudedad: Cómo se calcula, cuánto se cobra y qué se necesita para tener derecho a ella

Pensión de viudedad: Cómo se calcula, cuánto se cobra y qué se necesita para tener derecho a ella
Álvaro Jiménez de Blas
Última actualización: 20 Abril 2018
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Las pensiones de viudedad son rentas a las que se tienen derecho tras la pérdida del cónyuge, especialmente si ambos estaban casados. Descubre cómo puedes cobrarlas y cuánto se recibe.

La muerte de un ser querido siempre es un momento de duro y de tristeza pero si esa persona es la pareja hay que mentalizarse sobre todo el papeleo que hay que realizar para dejar todo bien atado y tener todos los documentos en regla.

Cuando uno de los miembros del matrimonio o de la pareja de hecho fallece hay que informarse sobre todo lo que hay que hacer. Una de las cosas que hay que tener en cuenta es la pensión de viudedad que le queda al viudo o la viuda.

En caso de pérdida hay que tener en cuenta las condiciones por las que se puede recibir una pensiónn el caso de pérdida, al estar casado con tu cónyuge, hay que tener en cuenta las condiciones por las que se puede recibir una pensión de forma vitalicia

La pensión de viudedad es la cantidad de dinero que se le queda al viudo o la viuda de forma vitalicia. Se concede siempre y cuando haya una unión de matrimonio o de pareja de hecho entre la persona fallecida y la que solicita la prestación económica.

Este ingreso mensual por la pérdida del cónyuge es totalmente compatible con cualquier ingreso por motivos de trabajo, con la pensión de jubilación o a la que se ofrece por una incapacidad permanente. Ninguna de ellas es excluyente.

No se pueden cobrar varias pensiones de viudedad, es decir, si una persona ha formado parte de un matrimonio o pareja de hecho y recibe una prestación por el fallecimiento de la pareja no puede cobrar una segunda pensión si pasa a ser viudo o viuda de una segunda pareja. En este caso tendrá que elegir con cual se quiere quedar.

¿Cómo se calcula y cuánto se cobra?

La cantidad de dinero incluida en la pensión de viudedad se obtiene aplicando el porcentaje correspondiente a la base reguladora. Si el fallecimiento se ha producido por un accidente laboral o enfermedad profesional la cuantía se incrementará entre un 30% y un 50% según la gravedad.

Las causas del fallecimiento varían el importe de la pensión por viudedadLas causas del fallecimiento y su gravedad varían el importe de la pensión por viudedad

El porcentaje correspondiente será el 52% de la base reguladora salvo algunas excepciones en las que el tanto por ciento para calcular la pensión que recibirá el viudo o la viuda tras el fallecimiento de la persona con la que ha compartido matrimonio se incrementará un 70%.

Las excepciones que establece la Seguridad Social son:

1 Que la persona que recibe la pensión de viudedad tenga cargas familiares. Se entiende por cargas familiares el convivir con menores de 26 años o con personas que superan dicha edad pero que estén incapacitados. Para este último caso hay que acreditar una discapacidad igual o superior al 33%.

2 Que la prestación de viudedad suponga la única fuente de ingresos de la persona que acaba de perder a su pareja. Este requisito se cumple cuando la cantidad anual de la pensión de viudedad es superior al 50% de los ingresos totales del viudo o viuda.

Tener hijos a cargo o discapacidad influye en la cantidad percibida por la prestación por viudedadEl hecho de tener hijos a cargo o discapacidad influye en la cantidad percibida por la prestación por viudedad

3 Que la pensión de viudedad, a nivel anual, más los rendimientos anuales del viudo o viuda no excedan los límites de ingresos que están fijados en 17.486,97 € anuales desde el 1 de enero de 2018. Si no se cumple esto, se reducirá la cantidad de dinero que se recibe por la prestación.

¿Qué se necesita para tener derecho a la pensión de viudedad?

Lo primero que hay que hacer cuando fallece un miembro del matrimonio o de la pareja de hecho es rellenar el modelo de solicitud de Prestaciones de Supervivencia y adjuntar la documentación personal y específica que se indica en el modelo citado anteriormente.

La solicitud y la documentación adicional deben presentarse en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Las personas que trabajen en el mar deberán presentarlo en las Direcciones Provinciales del Instituto Social de la Marina.

Para acceder a la pensión de viudedad se debe rellenar el modelo de Prestaciones de SupervivienciaPara poder acceder a la pensión de viudedad se debe rellenar el modelo de Prestaciones de Superviviencia

El Instituto Nacional de la Seguridad Social será el responsable de reconocer el derecho a obtener la pensión de viudedad que se solicita. En el caso de los que trabajan en el mar, la responsabilidad recae sobre el Instituto Social de la Marina. Si el fallecimiento se ha producido por un accidente de trabajo habrá que acudir a la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social.

El viudo o la viuda del matrimonio o de la pareja de hecho podrá solicitar la prestación económica en el momento que quiera tras el fallecimiento de su cónyuge. Dicha pensión de viudedad se abonará con una retroactividad de tres meses.

¿Cuándo se extingue el derecho a pensión de viudedad?

También hay una serie de hechos o situaciones por los que se deja de cobrar la pensión de viudedad. Hay que conocer la normativa para saber el momento o los motivos por los que la Seguridad Social deja de ingresar la cantidad de dinero correspondiente:

1 Por contraer un nuevo matrimonio o crear una pareja de hecho. Esta situación está sujeta a excepciones que se pueden consultar en el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Los responsables de la muerte de su cónyuge no tienen derecho a recibir pensión de viudedadLas personas responsables de la muerte de su esposo o esposa no tienen derecho a recibir pensión de viudedad

2 Por ser el culpable de la muerte de la otra persona que formaba parte del matrimonio de la pareja de hecho. Tiene que ser por declaración en sentencia firme.

3 Por fallecimiento de la persona que recibe la pensión de viudedad.

4 Si se comprueba que la persona que se encuentra desaparecida no ha fallecido.

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