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DIFERENCIAS

Diferencias entre separación y divorcio

Diferencias entre separación y divorcio
Alba García Vaquero
Última actualización: 10 Junio 2019
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En el ámbito legal divorcio y separación tienen connotaciones totalmente diferentes.

La separación y el divorcio son conceptos que a menudo, en el día a día, se confunden. Son términos que, a pesar guardar ciertas similitudes, también tienen muchas diferencias. En el ámbito legal, tenemos que diferenciar, en primer lugar, dos tipos de separación:

  • Separación de hecho : Se da cuando ambos cónyuges convienen o uno de ellos impone al otro el cese de la convivencia matrimonial, pero sin intervenir en ningún caso un juez. Es decir, cuando la pareja casada dejan de vivir juntos, sin más.
  • Separación judicial : Implica el cese legal de la vida en común del matrimonio, acordada por un juez.

Consecuencias de la separación de hecho

Vamos a hablar ahora de las consecuencias de separarse de este modo. Para entender la primera de ellas, hay que recordar que al casarte, se suelen firmar las 'capitulaciones matrimoniales', que son un contrato por el que puedes establecer que rija en tu matrimonio el régimen legal de separación de bienes o de gananciales (a grandes rasgos).

La separación no implica la disolución absoluta del matrimonioLa separación no implica la disolución absoluta del matrimonio
  • El régimen de gananciales implica que los bienes de cada uno de los cónyuges se hacen comunes y que, al terminar el matrimonio, se dividen a partes iguales.
  • El régimen de separación de bienes, por el contrario, significa que los bienes de cada uno en la relación siguen siendo suyos y al terminarse el matrimonio, seguirán siendo suyos. Pues bien, si al casarte acordaste el régimen de gananciales y te has separado de tu pareja, cuando llevéis más de un año separados, puedes pedirle al juez que rompa este contrato y decrete la separación de bienes, para tener una mayor independencia económica de la otra persona (esto no podrías hacerlo si no te hubieses separado).
  • Otra importante consecuencia legal de este tipo de separación se da en el ámbito sucesorio, y es que los cónyuges separados de hecho no serían legitimarios el uno del otro, esto es, si uno de los dos falleciese, el otro no recibiría nada por testamento, salvo que expresamente le hubiese dejado algo.

Consecuencias de la separación judicial

El otro tipo de separación que existe es la judicial, que implica el cese legal de la vida en común del matrimonio, acordada por un juez. Es decir, cuando los casados dejan de vivir juntos y el juez así lo dice, estableciendo las consecuencias que esto conllevará para los hijos (con quien vivirán, horario de visitas) y para las cosas comunes de la pareja (quien se queda con qué). Esta separación no implica en ningún caso la ruptura del matrimonio; la pareja sigue casada, aunque se separen. Una de las diferencias fundamentales de esta separación con la anterior que hemos visto es que en esta sí interviene el juez.

Respecto a los efectos de la separación judicial, son varios:

  1. El juez decreta automáticamente la separación de bienes y termina por tanto el régimen de gananciales que hubiera en el matrimonio (es otra de las diferencias con la separación de hecho, que tenía que ser pedida por alguno de los dos)
  2. Tampoco los miembros de esta relación tienen ningún derecho en la herencia del otro, siendo esta última, una de las pocas similitudes que hay entre la separación judicial y de hecho.
  3. No recibirán nada a no ser que el fallecido lo hubiese establecido así en su testamento.

Qué es el divorcio

El divorcio es la ruptura legal del matrimonio, adoptada en todo caso por un juez a petición de los dos miembros de la relación de común acuerdo, o de uno sólo de los cónyuges. Una vez acordado el divorcio por el juez, el matrimonio deja de existir y, por tanto, en caso de querer estar casados, tendrían que volver a acudir al registro civil para casarse de nuevo.

La sentencia de divorcio implica las siguientes consecuencias:

  • Los cónyuges no tendrían ya los deberes recíprocos que se establecen en la ley, como el deber de convivencia o de fidelidad.
  • En el ámbito sucesorio, los cónyuges tampoco recibirían nada de la herencia del otro, salvo que éste lo hubiese expresamente dispuesto.

Similitudes y diferencias entre separación y divorcio

Vamos a exponer ahora, de forma resumida, las similitudes entre la separación y el divorcio:

Similitudes

  • Desde el año 2005, tanto uno como otro pueden ser pedidos al juez por uno sólo de los miembros del matrimonio, aunque el otro no esté de acuerdo.
  • Ya no hace falta alegar ningún tipo de causa para pedir al juez que decrete la separación o el divorcio, simplemente hay que mandarle la petición. Así, basta con que no quieras seguir con tu matrimonio (en el caso del divorcio) o que quieras que se limiten sus efectos (en el caso de la separación).
  • Eso sí, para que el juez pueda aceptar estas peticiones tienen que haber transcurrido, al menos, tres meses desde la fecha del matrimonio -salvo que hubiese riesgo para la vida o la integridad física de uno de los miembros de la relación o de los hijos-.
  • La expareja tiene que llegar a un acuerdoLa expareja tiene que llegar a un acuerdo
  • Otra de las similitudes entre separación y divorcio es que a la demanda tiene que acompañarse siempre, si es de mutuo acuerdo, un convenio regulador (hecho por los dos cónyuges); si no fuere de mutuo acuerdo, tiene que acompañarse una propuesta de convenio regulador.

    Los convenios reguladores son un papel en que se recogen aspectos como, con quien se van a quedar los niños una vez que estéis separados o divorciados, el derecho de visitas, quién usará la vivienda familiar, etc. El convenio regulador, si es hecho de común acuerdo por ambos cónyuges, será seguido por el juez y adoptará las medidas que hayáis recogido en él, excepto que considere que son dañinas para los hijos o gravemente perjudiciales para alguno de los dos. En caso de que no hubieseis llegado a un acuerdo sobre los puntos del convenio regulador, será el juez quien decida, conforme a la ley.

  • Pactar un convenio regulador suele ser bastante complicadoPactar un convenio regulador suele ser bastante complicado
  • Se establece la posibilidad legal de que, en caso de que la separación o el divorcio ocasionen un grave desequilibrio económico para uno de los miembros de la relación, el perjudicado solicite al juez una pensión a su favor, que tendrá que pagar el otro.

Por otra parte, además de las diferencias ya vistas anteriormente, la separación y el divorcio se diferencian fundamentalmente en que:

  1. En la separación, los casados siguen siendo cónyuges, simplemente se suspende la vida que hacen en común; en el divorcio, se rompe el matrimonio.
  2. Por último, otra de las diferencias es que, en caso de reconciliación de la pareja, en la separación, simplemente volverían a estar juntos (siguen casados) y lo único que habría cambiado en el matrimonio es que tendrían el régimen de separación de bienes y no el de gananciales, ya que se habría extinguido. Sin embargo, si hubiese reconciliación en la relación de pareja y se hubiesen divorciado, el matrimonio se habría terminado.

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